CEDRO vs UAB, sobre la protección de los derechos de autor en los campus virtuales
En el presente caso (Sentencia 76/2013 de 2 de mayo del Juzgado de lo Mercantil de Barcelona) CEDRO demanda a la Universitat Autónoma de
Barcelona (UAB) por incumplir la normativa de la Ley de Propiedad Intelectual,
debido a que la segunda permitía que en su campus virtual se colgaran copias de
obras protegidas por derechos de autor. Este supuesto es el primer caso judicial español que trata sobre los derechos de autor en los campus virtuales.
La demandante CEDRO es una entidad de gestión de derechos de autor que
se encarga de la defensa de los derechos patrimoniales de los autores adheridos
a ella. Es decir, gestiona los derechos de reproducción, transformación,
comunicación pública y distribución. Esta gestión supone, básicamente, la
concesión de licencias con sus respectivas tarifas.
Sobre la citada actividad de cesión de tarifas destaca que CEDRO ya
había pactado con la demandada (UAB) el pago de una tarifa anual por
fotocopias, pero no por reproducciones virtuales.
El juzgador destaca en su sentencia que la demandada no alegó la
excepción docente regulada en el art. 32 LPI, quizá porque no es aplicable a
libros de texto y manuales universitarios, que serían el principal problema en
este conflicto. En la sentencia se repasan cuatro motivos de oposición alegados
por la demandada: la falta de legitimación activa, la falta de legitimación
pasiva, la negación del hecho infractor y la oposición al cálculo de la
indemnización de daños y perjuicios. Sin embargo, ninguno de estos motivos es
acogido por el juez, aunque al tratarse de una entidad sin ánimo de lucro no
aplica el aumento de la tarifa (índice CORSA) en su totalidad. Por lo tanto,
obliga a la demandada a pagar los 5€ por alumno y año multiplicado por 1,5 (índice
CORSA rebajado de 10 a 1,5 para desincentivar que se repita una infracción de
este tipo).
imagen de la wikipedia |
La UAB ya ha anunciado que recorrerá esta sentencia y uno de los motivos
que se esperan es que ésta se ha impuesto por todas las asignaturas que imparte y, debido a que son miles de asignaturas y alumnos, la falta
de prueba suficiente sobre el carácter generalizado de la infracción puede
suponer un castigo desproporcionado.