Identificador de entidad jurídica (Código LEI)
Los Legal Entity
Identifier o Identificador de Entidad Jurídica, llamados código LEI, son unos
códigos alfanumericos de 20 digitos cuyo origen se halla en las reuniones del
G20 posteriores al inicio de la crisis financiera de 2008. Estos códigos sirven
para identificar de forma rápida y harmonizada las entidades que contratan
derivados, a fin de controlar el riesgo sistémico derivado de estos
instrumentos, esto es, de los derivados financieros (Un derivado es un producto financiero cuyo
valor se basa en el precio de otro activo, el cual puede ser de naturalezas muy
distintas, ya sean tipos de interés, inflación, acciones, índices, materias
primas, etc.).
Se trata de un
sistema creado a nivel internacional pero de gestión local. En este caso por
local se entiende por cada Estado. En España los encargados son los Registros
Mercantiles y por lo tanto, es ante estos órganos donde se deben solicitar.
Las entidades
locales de cada Estado responsables de llevar los códigos LEI se llaman Local
Operating Units (LOU) y su órgano superior a nivel internacional es el
Regulatory Oversight Committee (ROC). Para la correcta y más pronta
implantación de este sistema se crearon los pre-LOI y pre-LEI.
Para la integración de este sistema en
relación a los países de la UE se aprobó el Reglamento (UE) 648/2012 (conocido
como EMIR) y su aplicación se inició el 12 de febrero de 2014. Además, cada
Estado miembro debe aprobar su normativa propia de desarrollo, que en el caso
español es el RD-Ley 14/2013, de 29 de noviembre.
El uso de estos códigos permite controlar los
derivados financieros tanto en su comercialización en mercados regulados como
en los no regulados. Estos últimos se conocen como mercados over-the-counter
(OTC). Que este control abarque los mercados OTC es muy importante debido al
incremento de servicios bancarios fuera del mercado regulado, también llamado de
forma genérica como sistema bancario en la sombra. Al respecto se pueden ver
las entradas de este blog: “Libro
Verde del sistema bancario en la sombra” y “Libro
Verde del sistema bancario en la sombra (parte II)”.
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