Entidades de capital riesgo sostenibles

 

Mount Adams - Albert Bierstadt


La transición hacia el desarrollo sostenible es una cuestión primordial a nivel mundial, en la cual la Unión Europea está asumiendo un papel clave, al haberla colocado como eje de prácticamente todas sus políticas actuales. Este desarrollo sostenible solo se puede conseguir alineando el interés económico y los flujos monetarios hacia actividades e inversiones sostenibles

En este marco de actuaciones, se están aprobando normas a todos los niveles, como el Reglamento de inversiones sostenibles y la Taxonomía de la UE, para que las inversiones se dirijan a financiar actividades que cumplan con criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo.

Ante esta situación, las entidades de capital riesgo (ECR) están viendo como su industria se redirige hacia la inversión socialmente responsable, de la cual, aparecen un nuevo tipo de entidades que podemos denominar ECR sostenibles. En los próximos años, y en no más de dos o tres, es de prever que la regulación del capital riesgo se vea modificada de forma relevante a favor de las ECR sostenibles. Además, en marzo de 2021 empezará a aplicar el Reglamento 2019/2088 sobre información en criterios ASG en el sector financiero.

Resumen del contenido:

En el artículo “Aspectos legales de las ISR en las entidades de capital riesgo” para el Instituto de Estudios Financieros, se analizan las cuestiones mencionadas. 

Dicho artículo se divide en seis apartados:

  1. Introducción.
  2. Marco legal de las ECR en materia de inversiones socialmente responsables (ISR).
  3. Criterios ASG como parte del deber fiduciario de las gestoras.
  4. Prácticas actuales en ISR por parte de ECR.
  5. Recomendaciones para la integración de criterios ASG.
  6. Conclusiones sobre el estado actual y aspectos a mejorar.

En la introducción se explica el funcionamiento y características de las ECR favorables para la integración de criterios ASG en este tipo de entidades. 

El apartado sobre el marco legal, se divide entre las normas referidas a la Unión Europea y las normas internas de España. Entre dichas normas, destaca el Reglamento 2019/2088, sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector financiero, que empezará a aplicarse en marzo de 2021. También destaca el Reglamento 2020/852, sobre el marco para facilitar las inversiones sostenibles, y la Taxonomía de la UE.

Gracias a este marco, las ECR y demás entidades financieras deberán informar sobre su papel en materia de sostenibilidad, así como alinear sus inversiones con la Taxonomía de la UE si quieren presentarse como ECR sostenibles.

En el apartado sobre la relación de los criterios ASG con el deber fiduciario de las gestoras, se explica como el deber de diligencia de dichas entidades se está viendo modificado en favor del reconocimiento del uso de criterios ASG junto a los financieros.

En el apartado sobre prácticas actuales en ISR por parte de las ECR, se analiza cómo las ECR afrontan el proceso de integración de las ISR en su organización y en sus procesos de inversión. Para ello, se identifican los distintos documentos utilizados y se comentan los aspectos y documentos mínimos a contemplar por las ECR para poder ser reconocidas como sostenibles. 

En el apartado sobre recomendaciones, se repasan las principales prácticas que una ECR debería llevar a cabo para la integración de criterios ASG. En tanto en las ECR participan tanto inversores (limited partners) como gestores (general partners), se distingue entre las prácticas de unos y otros.

Finalmente, el apartado sobre conclusiones resume la situación actual de las ECR españolas en materia de ISR, así como varios puntos que deben ser tratados tanto por el legislador como por las propias ECR. En este sentido, destaca la necesidad inminente de las ECR para adaptar su organización y documentación al marco legal actual y futuro, a fin de no verse superadas por los cambios estructurales que se avecinan en los próximos 2 años. 

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