Nota informativa del BdE sobre las actuaciones respecto al Banco de Madrid

Raby Castle, the Seat of the Earl of Darlington - William Turner
El Banco de España (BdE) ha publicado una nota informativa para resumir las principales actuaciones respecto a la crisis del Banco de Madrid iniciada el 10 de marzo de 2015. En este blog se puede consultar la serie de entradas sobre este tema que empieza con “Concurso de acreedores del Banco de Madrid (Parte I)”.

El BdE explica que el origen del problema fue que la FinCEN estadounidense consideró como institución financiera sometida a preocupación de primer orden en materia de blanqueo de capitales a la Banca Privada d’Andorra (BPA). La BPA tenía el 100% de la propiedad del Banco de Madrid, de modo que cualquier riesgo de su matriz andorrana afectaría a la filial.

La decisión de la FinCEN provocó que BPA y todas sus filiales no pudieran operar en dólares en EEUU ni mantener activas sus cuentas de corresponsalía con entidades estadounidenses. Es decir, la operativa del banco quedaba gravemente limitada.

Tras esta decisión el SEPBLAC, una entidad parecida al FinCEN, emitió informe en el que se contemplaban posibles incumplimientos de la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales atribuibles al Banco de Madrid, informe que se remitió al BdE.

Ante esta situación tanto el INAF andorrano como el BdE, decidieron intervenir la entidad andorrana y española respectivamente. Tras esta intervención fue necesario ir más allá e incluso sustituir los administradores, en Andorra por iniciativa del INAF y en España por solicitud del propio órgano de administración del Banco de Madrid.

Según el BdE el día 15 de marzo de 2015 (domingo) más del 20% de los fondos del Banco de Madrid ya habían sido retirados. Es decir, teniendo en cuenta toda la información que se había publicado durante el fin de semana, el siguiente lunes podía darse una retirada de fondos masiva. En consecuencia, se decidió suspender la actividad del Banco de Madrid.

El lunes 16 de marzo se presentó solicitud de concurso de acreedores del Banco de Madrid, fecha en la que también se suspendió la actividad del banco.

Por su parte en Andorra se limitaron los importes a retirar en la BPA, con tal de permitir a sus usuarios un mínimo para pagar sus gastos pero evitando una retirada masiva de fondos.

Valga decir, aunque de ello no se habla en la nota informativa, que respecto a la decisión de optar por el concurso de acreedores de forma inmediata sin pasar antes por la normativa de restructuración y resolución de entidades de crédito se publicaron algunas críticas en contra de la actuación del BdE. Sin embargo, esa decisión permitió actuar de forma más ágil. Una vez presentada la solicitud de concurso el juez requirió que el FROB decidiera si iniciaba un proceso de resolución o reestructuración. A esta solicitud se acordó que tales actuaciones no procedían por no concurrir interés público. Es decir, el concurso podía continuar para liquidar la entidad o ser vendida a un o varios terceros.

Valga decir, que de igual modo que en España con el Banco de Madrid, en Andorra la BPA también será liquidada o vendida a otras entidades (esta última opción es la que parece que ocurrirá para preservar la imagen de la banca andorrana en la medida de lo posible).

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