Algunos aspectos sobre el proceso monitorio europeo
El procedimiento monitorio europeo está regulado por el Reglamento (CE) 1896/2006 aplicable a todos los Estados
Miembro desde 2008, a excepción de Dinamarca.
Este Reglamento es para créditos pecuniarios determinados, vencidos y
exigibles en el momento de presentarse el requerimiento. Además, los créditos
dinerarios reclamados no pueden estar impugnados al presentarse el
requerimiento y su materia debe ser civil o mercantil. Mediante este proceso se
consigue una resolución que ni requiere de declaración de ejecutividad, ni se
puede impugnar su reconocimiento ni necesita exequátur.
Ámbitos excluidos del Reglamento: regímenes matrimoniales, sucesiones
y testamentos, concursos de acreedores y otros procesos análogos, seguridad
social y créditos derivados de obligaciones extracontractuales sin acuerdo de
reconocimiento de deuda.
Para determinar la competencia judicial se aplica el Reglamento (CE)
44/2001.
El Reglamento 1896/2006 establece unos formularios para facilitar el
proceso monitorio. Para la reclamación de deuda se debe utilizar el Formulario
A situado en el anexo I del reglamento. Al cumplimentar el Formulario A no se
debe adjuntar ningún documento probatorio, y en caso de hacerse se inadmitirán.
En cuanto a la oposición al requerimiento europeo de pago el
Reglamento facilita el Formulario F (en el anexo VI), esta oposición se
presentará el órgano jurisdiccional que haya expedido el requerimiento. En caso
de presentarse la oposición, el proceso monitorio europeo continúa ante los
órganos jurisdiccionales del Estado de origen según las normas internas de éste.
En cuanto a gastos, se deben abonar las tasas judiciales, tal y como
se puede ver en el apartado 5.1 del Formulario A. También es importante tener
en cuenta que si la otra parte se opone, el proceso continuará ante los órganos
jurisdiccionales competentes conforme a la legislación interna (proceso civil
ordinario). Si se quiere prescindir de un juicio declarativo interno se puede
hacer constar en el formulario, así se finaliza el proceso evitando los costes
de un juicio declarativo.
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