Comentario al Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria


Si miramos el actual art. 121 del Tratado de Funcionamiento de la UE vemos que las políticas económicas son una cuestión de interés común de los Estados miembro, por lo que deben ser coordinadas en el seno del Consejo. Mediante esta competencia se aprueban unas “orientaciones” a los Estados, que en caso de no ser cumplidas por estos, pueden ser objeto de una advertencia por parte de la Comisión.

Si miramos el art. 126 del Tratado vemos que el control mencionado se hace atendiendo al porcentaje de la deuda sobre el PIB y el porcentaje de déficit, que son las dos variables reguladas por el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria.

En el Tratado de Estabilidad, superar los umbrales establecidos es motivo de multa coercitiva. Sobre estas medidas para promover el cumplimiento de los acuerdos ya hemos visto que en Europa no ha funcionado, pues cuando un Estado incumple ciertos umbrales económicos imponerle multas sólo sirve para agravar el problema. Por esto, al menos hasta ahora, la UE ha evitado imponer multas cuando tenía la posibilidad de hacerlo, otra cosa es lo que se haga a partir de ahora.
BCE
El control del endeudamiento europeo y del déficit público es una medida necesaria para el proceso de integración europeo, pero para su buen funcionamiento, no solamente a nivel técnico sino también por su funcionamiento de forma legítima es necesario que se tomen otras medidas, como la armonización de la presión fiscal entre los Estados miembro. También debemos tener en cuenta que a día de hoy algunos Estados se benefician del poder del euro a costa de otros Estados, como es el hecho de que Alemania sea tratada como valor refugio. Por lo tanto, para imponer este tipo de obligaciones hay que tomar otras medidas políticas, como la emisión de deuda pública europea, sólo así conseguiremos un equilibrio entre las partes.

Otro de los problemas que surgen de este tipo de medidas es la repercusión que tienen sobre otras competencias que, al menos a día de hoy, siguen en manos de los Estados. Como estamos viendo, la necesidad de cumplir con los umbrales establecidos nos lleva a la imposición de opciones políticas en otros ámbitos competenciales. Es decir, se está dando un traspaso de poderes que va mucho más allá de lo que fijan las normas.

Como en la mayoría de normas también existen distintas interpretaciones, cuando se habla de situaciones excepcionales cabría un incumplimiento de los umbrales, pues como bien sabemos todos es imposible prever el futuro, buen ejemplo de ello fue el inicio de la crisis, que conllevó un cambio en la economía de los Estados pocas veces vistas en la historia. También hay otros problemas que versan sobre el concepto de déficit estructural en vez de nominal. Una de las herramientas que los políticos utilizan a menudo es sacar deuda de las cuentas de la Administración pública, intentando falsear los números al trasladar las pérdidas a entidades públicas independientes.

Otro hecho que sorprende es la aprobación de este pacto mediante un Tratado internacional en vez de un instrumento comunitario, hecho debido a las diferencias y controversias que han surgido en la UE sobre esta medida.

Los efectos de este Tratado son muchos y variados, sin que podamos explicar claramente cuales serán las consecuencias, pero como ya hemos visto esto supone una pérdida de poder político en todos los ámbitos competenciales, no únicamente en la decisión de endeudarse más o menos. Además, otro efecto de esta medida es la necesidad de los Estados a privatizar buena parte de los servicios públicos, porque, aunque no se diga expresamente, los umbrales de equilibrio presupuestario tan estrictos es lo que provocaran, sin duda alguna, en la práctica (también puede afectar a los salarios de los trabajadores del sector público, las pensiones, las prestaciones sociales, etc). Esto no tiene que ser malo por definición, pero si se aprueba una norma de este tipo lo debido es explicar a la ciudadanía sus consecuencias. Otro aspecto a tener en cuenta es la posible negación de Europa al uso de las políticas keynesianas, a no ser que el porcentaje de la deuda sea bajísima, es decir de una bajada del 86% actual a un porcentaje de un 40 o 50% mínimo, para tener margen de maniobra. De hecho, incluso con un porcentaje del 40% de deuda sobre el PIB, las políticas keynesianas quedan limitadas al 3% de déficit, lo que es un porcentaje extremadamente bajo.


A la vista de lo comentado hasta ahora vale la pena recordar el concepto tan repetido últimamente de “Troika”, que son los sujetos que dirigirán todo este sistema: la Comisión, el FMI y el BCE.

Veamos ahora la realidad económica existente para compararla con lo que se pide en el Tratado, recordemos que hablamos de un porcentaje de deuda sobre el PIB del 60%.

El país más endeudado del mundo porcentualmente hablando es Japón, que supera el 200% de la deuda sobre el PIB. Tras este Estado con una economía muy estable nos encontramos un caso extremadamente preocupante, que es Grecia con un porcentaje aproximado del 165% y un déficit del 10% (aprox.). Seguidamente nos encontramos a Estados en crisis como Grecia y también en un porcentaje superior al 100%, pero no tan alto: Italia, Irlanda y Portugal en clara crisis todos ellos, junto a USA y Singapur que no están en la crisis que vemos en los tres anteriores.
Entre el 80% y el 100%, aún muy lejos del 60% vemos: Islandia, Bélgica, Iraq, Francia, UK, Canadá, Hungría y lo más interesante de todo, Alemania y la misma zona euro. Es decir, Alemania, que impulsa este Tratado supera de mucho el márgen impuesto (Total, para que no endeudarse si lo hacen gratis al ser un valor refugio) y la zona euro está en un porcentaje aproximado del 87%, 27% por encima de lo que se ha propuesto en un plazo medio.

Si pasamos al porcentaje de deuda entre el 60% y el 80% vemos Estados como: Sri Lanka, Egipto, Israel, Austria, Chipre, Malta, Jordania, España, India, Brasil, Holanda, Sudán, y Paquistán.
Finalmente, entre los Estados que tienen una deuda sobre el PIB inferior al 60% no encontramos economías relevantes a nivel comunitario, pero podemos citar a Polonia con un 56% (aprox.), Malasia con un 52% (aprox.), Suiza que es un caso muy especial con un 49% (aprox.) y un superávit espectacular de un 14%, Finlandia con igual porcentaje de deuda que Suiza pero sin superávit ni déficit relevante y Dinamarca con una deuda de un 46% y superávit.

En los Estados ente el 40% y el 46% vemos economías como la de Venezuela, Argentina, México y Noruega. Por debajo del 40% hay Estados como: Suecia, Colombia, Corea del Sur y Hong Kong. Por debajo del 30% vemos a China. Por debajo del 20%: Nigeria (que es una nueva economía emergente, Next-11), la Unión de Emirates Árabes y Xile. Por debajo del 10% a Rusia y Arabia Saudí.

Es decir, tras hacer un repaso a la situación económica mundial vemos que los problemas de una economía no vienen del porcentaje de deuda sobre el PIB ni del déficit, vienen de la credibilidad económica, de hecho, no hemos visto los números de la mayoría de Estados africanos, pues como norma general no tienen deuda pública porque nadie les presta, pero eso no es nada positivo, todo lo contrario. Por lo tanto, Europa puede pedir una reducción de la deuda, pero estamos dejando sin muchas herramientas a los Estados miembro y a la misma UE, el tiempo dirá si esto funcionará, pero de momento está claro que los efectos positivos no se han visto (los mercados siguen sin confiar).

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