Comentario al Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria
Si miramos el
actual art. 121 del Tratado de Funcionamiento de la UE vemos que las políticas
económicas son una cuestión de interés común de los Estados miembro, por lo que
deben ser coordinadas en el seno del Consejo. Mediante esta competencia se
aprueban unas “orientaciones” a los Estados, que en caso de no ser cumplidas
por estos, pueden ser objeto de una advertencia por parte de la Comisión.
Si miramos el art.
126 del Tratado vemos que el control mencionado se hace atendiendo al
porcentaje de la deuda sobre el PIB y el porcentaje de déficit, que son las dos
variables reguladas por el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en
la Unión Económica y Monetaria.
En el Tratado de
Estabilidad, superar los umbrales establecidos es motivo de multa coercitiva.
Sobre estas medidas para promover el cumplimiento de los acuerdos ya hemos
visto que en Europa no ha funcionado, pues cuando un Estado incumple ciertos
umbrales económicos imponerle multas sólo sirve para agravar el problema. Por
esto, al menos hasta ahora, la UE ha evitado imponer multas cuando tenía la
posibilidad de hacerlo, otra cosa es lo que se haga a partir de ahora.
BCE |
El control del endeudamiento
europeo y del déficit público es una medida necesaria para el proceso de
integración europeo, pero para su buen funcionamiento, no solamente a nivel
técnico sino también por su funcionamiento de forma legítima es necesario que
se tomen otras medidas, como la armonización de la presión fiscal entre los
Estados miembro. También debemos tener en cuenta que a día de hoy algunos
Estados se benefician del poder del euro a costa de otros Estados, como es el
hecho de que Alemania sea tratada como valor refugio. Por lo tanto, para
imponer este tipo de obligaciones hay que tomar otras medidas políticas, como
la emisión de deuda pública europea, sólo así conseguiremos un equilibrio entre
las partes.
Otro de los
problemas que surgen de este tipo de medidas es la repercusión que tienen sobre
otras competencias que, al menos a día de hoy, siguen en manos de los Estados.
Como estamos viendo, la necesidad de cumplir con los umbrales establecidos nos
lleva a la imposición de opciones políticas en otros ámbitos competenciales. Es
decir, se está dando un traspaso de poderes que va mucho más allá de lo que
fijan las normas.
Como en la mayoría
de normas también existen distintas interpretaciones, cuando se habla de
situaciones excepcionales cabría un incumplimiento de los umbrales, pues como
bien sabemos todos es imposible prever el futuro, buen ejemplo de ello fue el
inicio de la crisis, que conllevó un cambio en la economía de los Estados pocas
veces vistas en la historia. También hay otros problemas que versan sobre el
concepto de déficit estructural en vez de nominal. Una de las herramientas que
los políticos utilizan a menudo es sacar deuda de las cuentas de la Administración
pública, intentando falsear los números al trasladar las pérdidas a entidades
públicas independientes.
Otro hecho que sorprende es la aprobación de este pacto mediante un Tratado internacional en vez de un
instrumento comunitario, hecho debido a las diferencias y controversias que han
surgido en la UE sobre esta medida.
Los efectos de este
Tratado son muchos y variados, sin que podamos explicar claramente cuales serán
las consecuencias, pero como ya hemos visto esto supone una pérdida de poder
político en todos los ámbitos competenciales, no únicamente en la decisión de
endeudarse más o menos. Además, otro efecto de esta medida es la necesidad de
los Estados a privatizar buena parte de los servicios públicos, porque, aunque
no se diga expresamente, los umbrales de equilibrio presupuestario tan
estrictos es lo que provocaran, sin duda alguna, en la práctica (también puede
afectar a los salarios de los trabajadores del sector público, las pensiones,
las prestaciones sociales, etc). Esto no tiene que ser malo por definición,
pero si se aprueba una norma de este tipo lo debido es explicar a la ciudadanía
sus consecuencias. Otro aspecto a tener en cuenta es la posible negación de
Europa al uso de las políticas keynesianas, a no ser que el porcentaje de la
deuda sea bajísima, es decir de una bajada del 86% actual a un porcentaje de un
40 o 50% mínimo, para tener margen de maniobra. De hecho, incluso con un
porcentaje del 40% de deuda sobre el PIB, las políticas keynesianas quedan
limitadas al 3% de déficit, lo que es un porcentaje extremadamente bajo.
A la vista de lo
comentado hasta ahora vale la pena recordar el concepto tan repetido
últimamente de “Troika”, que son los sujetos que dirigirán todo este sistema:
la Comisión, el FMI y el BCE.
Veamos ahora la
realidad económica existente para compararla con lo que se pide en el Tratado,
recordemos que hablamos de un porcentaje de deuda sobre el PIB del 60%.
El país más
endeudado del mundo porcentualmente hablando es Japón, que supera el 200% de la
deuda sobre el PIB. Tras este Estado con una economía muy estable nos
encontramos un caso extremadamente preocupante, que es Grecia con un porcentaje
aproximado del 165% y un déficit del 10% (aprox.). Seguidamente nos encontramos
a Estados en crisis como Grecia y también en un porcentaje superior al 100%,
pero no tan alto: Italia, Irlanda y Portugal en clara crisis todos ellos, junto
a USA y Singapur que no están en la crisis que vemos en los tres anteriores.
Entre el 80% y el
100%, aún muy lejos del 60% vemos: Islandia, Bélgica, Iraq, Francia, UK,
Canadá, Hungría y lo más interesante de todo, Alemania y la misma zona euro. Es
decir, Alemania, que impulsa este Tratado supera de mucho el márgen impuesto (Total,
para que no endeudarse si lo hacen gratis al ser un valor refugio) y la zona
euro está en un porcentaje aproximado del 87%, 27% por encima de lo que se ha
propuesto en un plazo medio.
Si pasamos al
porcentaje de deuda entre el 60% y el 80% vemos Estados como: Sri Lanka, Egipto,
Israel, Austria, Chipre, Malta, Jordania, España, India, Brasil, Holanda,
Sudán, y Paquistán.
Finalmente, entre
los Estados que tienen una deuda sobre el PIB inferior al 60% no encontramos
economías relevantes a nivel comunitario, pero podemos citar a Polonia con un
56% (aprox.), Malasia con un 52% (aprox.), Suiza que es un caso muy especial
con un 49% (aprox.) y un superávit espectacular de un 14%, Finlandia con igual
porcentaje de deuda que Suiza pero sin superávit ni déficit relevante y
Dinamarca con una deuda de un 46% y superávit.
En los Estados ente
el 40% y el 46% vemos economías como la de Venezuela, Argentina, México y
Noruega. Por debajo del 40% hay Estados como: Suecia, Colombia, Corea del Sur y
Hong Kong. Por debajo del 30% vemos a China. Por debajo del 20%: Nigeria (que
es una nueva economía emergente, Next-11), la Unión de Emirates Árabes y Xile. Por
debajo del 10% a Rusia y Arabia Saudí.
Es decir, tras
hacer un repaso a la situación económica mundial vemos que los problemas de una
economía no vienen del porcentaje de deuda sobre el PIB ni del déficit, vienen
de la credibilidad económica, de hecho, no hemos visto los números de la
mayoría de Estados africanos, pues como norma general no tienen deuda pública
porque nadie les presta, pero eso no es nada positivo, todo lo contrario. Por
lo tanto, Europa puede pedir una reducción de la deuda, pero estamos dejando
sin muchas herramientas a los Estados miembro y a la misma UE, el tiempo dirá
si esto funcionará, pero de momento está claro que los efectos positivos no se
han visto (los mercados siguen sin confiar).
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