La sentencia, final de un problema e inicio de otro
Una vez dictada
sentencia empieza el procedimiento de ejecución y costas.
Conseguir cobrar
muchas veces supone un largo trayecto por el desierto, cada año hay que
intentar ejecutar algún bien o derecho al condenado, siendo una tarea de
investigación y seguimiento constante, muchas veces sin éxito, pues cuando una
persona decide no volver a ser solvente nunca más difícilmente se podrá
conseguir ejecutar.
En cuanto a las
costas, a veces sorprende la cantidad de problemas que pueden provocar, con
múltiples trámites y condenas. La imposición de costas en la sentencia produce
la necesidad de presentar un escrito de tasación de costas, a lo que la otra
parte puede responder con una impugnación de costas. Evidentemente, tras la
impugnación la otra parte responderá con una oposición a la impugnación. A esto
se tendrá que resolver estimando o denegando las costas, hecho que podrá
producir la imposición de costas del procedimiento de impugnación y con ello
otra impugnación.
Una vez termine el
procedimiento de costas empieza el problema ya comentado. Es decir, el
procedimiento de ejecución. Eso sí, si hay suerte la parte condenada pagará
voluntariamente en el período establecido en el requerimiento, pero eso no
siempre pasa.
En cuanto al
procedimiento de ejecución nos podemos encontrar con insolventes, administradores
de paja, desparecidos, bienes insuficientes por lo que será necesaria una mejora
de embargo, etc.
A todo lo anterior
también hay otros trámites, como diligencias de ordenación y recursos de
nulidad, ante una parte con ganas de poner trabas los problemas pueden durar
mucho tiempo. Cada recurso de nulidad de las actuaciones supondrá otra imposición
de costas.
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