La sentencia, final de un problema e inicio de otro


Una vez dictada sentencia empieza el procedimiento de ejecución y costas.

Conseguir cobrar muchas veces supone un largo trayecto por el desierto, cada año hay que intentar ejecutar algún bien o derecho al condenado, siendo una tarea de investigación y seguimiento constante, muchas veces sin éxito, pues cuando una persona decide no volver a ser solvente nunca más difícilmente se podrá conseguir ejecutar.

En cuanto a las costas, a veces sorprende la cantidad de problemas que pueden provocar, con múltiples trámites y condenas. La imposición de costas en la sentencia produce la necesidad de presentar un escrito de tasación de costas, a lo que la otra parte puede responder con una impugnación de costas. Evidentemente, tras la impugnación la otra parte responderá con una oposición a la impugnación. A esto se tendrá que resolver estimando o denegando las costas, hecho que podrá producir la imposición de costas del procedimiento de impugnación y con ello otra impugnación.

Una vez termine el procedimiento de costas empieza el problema ya comentado. Es decir, el procedimiento de ejecución. Eso sí, si hay suerte la parte condenada pagará voluntariamente en el período establecido en el requerimiento, pero eso no siempre pasa.

En cuanto al procedimiento de ejecución nos podemos encontrar con insolventes, administradores de paja, desparecidos, bienes insuficientes por lo que será necesaria una mejora de embargo, etc.

A todo lo anterior también hay otros trámites, como diligencias de ordenación y recursos de nulidad, ante una parte con ganas de poner trabas los problemas pueden durar mucho tiempo. Cada recurso de nulidad de las actuaciones supondrá otra imposición de costas.

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