Resolución de la DGRN de 19 de febrero de 2016, sobre la mención del domicilio del Administrador
Boating - Edouard Manet |
En el Registro Mercantil de
Burgos se recibe una escritura de traslado de domicilio social donde se dice lo
siguiente respecto al domicilio del administrador solidario que elevó a público
la escritura: “con domicilio a estos
efectos en Burgos, calle…” (coincidiendo esta dirección con el domicilio
social de la sociedad representada).
Valga decir, que yo mismo he
usado esta mención en varias ocasiones y sin problema, como mínimo en el
Registro Mercantil de Barcelona.
Aunque, ciertamente, lo habitual es poner el domicilio profesional o
personal que se mencionó en la escritura de nombramiento del cargo.
Sin embargo, el Registrador de
Burgos no inscribe, argumentando que: “El
domicilio del administrador solidario, reflejado en la comparecencia de la
escritura, no coincide con el que consta inscrito en el Registro, debiendo
aclararse dicha discordancia dada la importancia que reviste en la inscripción la
constancia del domicilio de los Administradores, a los efectos, entre otros, de
lo reflejado en el art. 111 del RRM; o bien indicar cuál es el domicilio que
debe constar a efectos de su inscripción en el Registro.”.
Respecto al art. 111 RRM recordar
que se refiere a la obligación de notificar el cese de los administradores con
facultad certificante, sin la cual no cabe inscribir el cese en el cargo.
La DGRN entiende que no hay
motivo de calificación negativa y, por lo tanto, el Registrador debía inscribir
el acuerdo. Al respecto declara: “En el
presente caso no puede afirmarse que exista propiamente un error o una
discordancia a efectos de la inscripción de la escritura calificada por el
hecho de que el administrador otorgante de la misma exprese un domicilio “a
tales efectos” y en el Registro conste un domicilio distinto.”.
A efectos de notificación del
cese, si se diera el caso, el domicilio aplicable sería el que consta inscrito,
siendo el domicilio mencionado en la escritura de traslado aplicable sólo a los
efectos de dicha escritura.
Comentarios
Publicar un comentario