Carta de Intenciones - Letter of Intent o Term Sheet

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La carta de intenciones, letter of intent o term sheet es un acuerdo entre las partes implicadas en una operación de compraventa de empresas (o un acuerdo de inversión), con la finalidad de establecer los términos principales del proceso de negociación de la operación proyectada, sin entrar en los detalles de la misma.

Las cartas de intenciones pueden tener un alcance muy distinto dependiendo de cada caso y no deben confundirse con otro tipo de acuerdos, como los precontratos. Sin embargo, como el nombre de un contrato no afecta a su naturaleza jurídica, a veces se firman documentos bajo el título de carta de intención que son precontratos o, incluso, contratos. A pesar de ello, normalmente sólo fijan determinadas normas a seguir durante la negociación del futuro contrato, sin llegar a ser precontratos ni contratos. Por este motivo, las cartas de intenciones permiten a cualquiera de las partes terminar las negociaciones, sin necesidad de alegar motivo alguno ni responder por ello, a excepción en algunos casos, de tener que cubrir algunos gastos de preparación. En cambio, un precontrato podría obligar a la otra parte a celebrar un futuro contrato y, un contrato, por su parte, permitiría obligar a la otra parte a ejecutar la compraventa.

La suscripción de una carta de intenciones tiene como principales fines: (i) manifestar expresamente la voluntad de ambas partes de negociar para lograr la formalización y ejecución de la transmisión de la empresa, (ii) acordar las principales reglas del procedimiento de negociación, (iii) facultad de terminar las negociaciones de forma unilateral en cualquier momento y (iv) garantizar la confidencialidad y consecuencias de la terminación del proceso de negociación sin acuerdo.

La carta de intenciones permite formalizar por escrito la existencia de los tratos preliminares. Aunque no se firmara un acuerdo de este tipo las partes igualmente tendrían determinadas responsabilidades, pero al poner por escrito los acuerdos se logra mayor seguridad jurídica, en tanto la responsabilidad precontractual es difícil de probar.

El momento de formalizar una carta de intenciones es durante los tratos preliminares, es decir, cuando ambas partes han entablado su primer contacto o contactos y han manifestado su interés en la operación propuesta. Es importante que la carta de intenciones se firme al inicio de las negociaciones, para evitar que se entregue información confidencial antes de su formalización y para alejar su formalización de la del contrato final, pues cuanto más tiempo pasa más contenido se acaba añadiendo a este documento. La consecuencia de esto es que el documento es cada vez más complejo de cerrar.

La diferencia entre los tratos preliminares y la fase de negociación post carta de intenciones reside, básicamente, en el tipo de información a intercambiar y en las cuestiones a negociar, pues al firmar la carta, se puede revelar más información y se puede empezar a negociar sobre aspectos más detallados. En cambio, durante la fase preliminar las partes solo hablan de la posibilidad de una futura transmisión de empresa y sus principales intereses.

Si bien, en la práctica la carta de intenciones suele tener forma de carta dirigida de forma unilateral por parte del posible adquirente, dirigida al órgano de administración de la sociedad target o de uno o varios socios de la misma, también es habitual que el receptor de la carta proponga cambios en ésta. De hecho, no es recomendable aceptar una carta de intenciones sin más, básicamente por dos motivos: (i) jurídicamente contempla algunos acuerdos vinculantes y (ii) fija el punto de anclaje de las negociaciones.

El contenido mínimo de las cartas de intenciones o letters of intent incluye, en la mayoría de los casos: (i) identificación de las partes, (ii) identificación de la operación proyectada, (iii) acuerdo de confidencialidad, (iv) posibilidad de desvincularse de la operación en cualquier momento, (v) concesión de un período de exclusividad para negociar (este pacto es menos habitual), (vi) reparto de gastos o responsabilidades en caso de mala fe, (vii) jurisdicción y ley aplicable, y (viii) identificación de las cláusulas vinculantes y no vinculantes. En definitiva, el contenido justo que debe incluir una carta de intenciones debería servir para que las partes confirmen que realmente están interesadas en la operación y en los términos más generales de la misma, sin entrar al detalle.

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