Conclusiones preliminares de la CNMC sobre los nuevos modelos de prestación de servicios y la economía colaborativa

Die kleine Stadt II - Egon Schiele
La CNMC este marzo ha publicado sus conclusiones preliminares sobre economía colaborativa, previa publicación de las definitivas una vez termine el período de consulta pública. En estas conclusiones se tratan temas de gran relevancia para el futuro sistema económico, ya que incluye propuestas legislativas sobre temas como los apartamentos turísticos o la regulación de los taxis y transporte privado. Estas conclusiones pueden ser el primer paso para cambios estructurales de gran trascendencia en varios sectores y, desde mi punto de vista, constituyen un documento muy valioso para el impulso económico, por lo que deberían seguirse sus recomendaciones en la medida de lo posible.

En el siguiente enlace se pueden consultar las conclusiones preliminares: “https://docs.google.com/document/d/1n65MjUaTmRLuZCqTIlqyWvobVqreR-iAzsz1mhxy2y0/edit”.

El eje principal de las conclusiones es la economía colaborativa, sobre la cual se dice lo siguiente en el resumen ejecutivo: “el carácter global de la economía colaborativa se debe, en gran medida, a las propias causas que lo han impulsado. El desarrollo de las telecomunicaciones y la expansión de la tecnología móvil han generado una reducción significativa de los costes de transacción y la aparición de sistemas de reputación que ofrecen información relevante a los usuarios y reducen sustancialmente los problemas de información asimétrica del Mercado.

Valga decir, que la CNMC también explica el auge de la economía colaborativa por la crisis económica, aunque entiendo que se trata de un elemento más bien acelerador, puesto que los cambios vistos habrían surgido igualmente sin la crisis.

Las recomendaciones de la CNMC sobre los nuevos modelos de prestación de servicios y la economía colaborativa se resumen del siguiente modo:

1) Aplicar principios de regulación económica eficiente en la regulación sectorial y horizontal, no siendo necesaria regulación si no existen fallos de mercado.

2) Se recuerda la disponibilidad de la CNMC para realizar estudios e informes y se dice que “en mercados dinámicos donde la incertidumbre es habitual la jurisprudencia ha resulto a favor del principio in dubio pro liberate.

3) Incorporar a las estadísticas oficiales propias de los diversos sectores, de datos necesarios para reflejar con rigor el impacto que las nuevas prestaciones de servicios y economía colaborativa tiene en el mercado.

4) Para evitar que las plataformas puedan generar posibles barreras a la salida derivadas de la imposibilidad de emigrar los datos de sus sistemas de reputación, se recomienda la implantación de mecanismos adecuados para la portabilidad voluntaria de la reputación de un usuario a través de múltiples plataformas (con ello se quiere garantizar que los nuevos modelos resulten en mercados con la mayor competencia posible).

5) En materia de alojamiento, se recomienda eliminar restricciones innecesarias de acceso al mercado de viviendas de uso turístico (como moratorias, requisitos de estancia mínima y máxima, etc.).

6) En materia de transporte urbano, se recomienda eliminar las restricciones innecesarias de acceso al mercado de taxi y VTC (transporte con servicio de conductor). Entre las restricciones innecesarias destacan: limitación en el número de autorizaciones, cuantías desproporcionadas en las coberturas de seguros obligatorios, obligación de disponer de un número mínimo de vehículos para obtener el permiso VTC, etc.

7) En materia de taxis, se recomienda eliminar las tarifas reguladas, para que el precio se fije según oferta y demanda.

8) A modo general, respecto al transporte interurbano, se recomienda un cambio de modelo que resulte en mayor competencia. Para ello se propone eliminar el sistema de concesión, eliminar derechos de preferencia a favor de operadores ya existentes, etc.

Para llegar a estas conclusiones, la CNMC ha realizado varios estudios de mercado que explica detalladamente en las mismas conclusiones. Estos estudios se refieren a varios países de Europa y la conclusión es que España se sitúa entre los países que cuentan con mayores barreras regulatorias para prestar tanto servicios de alojamiento como de transporte. De mi práctica personal como abogado, puedo dar fe de ello, habiendo desistido varios clientes de operar en España tras explicarles los requisitos legales y costes de entrada.

Entre múltiples datos que usa la CNMC destaca el siguiente gráfico (elaborado por la CNMC a partir de datos de www.web-strategist.com) sobre la evolución de la inversión mundial anual en plataformas de economía colaborativa:
Al respecto, la CNMC remarca: “La evolución ha sido especialmente rápida en los dos últimos años en los que se ha pasado de los 1.820 millones de dólares de 2013 a 8.489 millones en 2014 y 12.890 millones solamente en los nueve primeros meses de 2015.

El peso de estas inversiones se distribuye en un 62% en el sector del transporte, un 18% en el sector de los alojamientos y un 6% en el sector de la financiación, el resto de sectores queda ya muy atomizado.

Un concepto clave que utiliza la CNMC es el de “mercados de varios lados”, cuyos inicios se hallan fundamentalmente a partir del s. XXI. La CNMC describe estos mercados del siguiente modo que vale la pena remarcar leer detenidamente por su gran impacto económico:

Se trata de mercados que operan sobre segmentos interdependientes de prosumidores, que se benefician mutuamente de un efecto de red. Es decir, para que uno de los lados del mercado reciba valor, debe existir el otro.
No existe un consenso sobre la definición precisa de estos mercados o plataformas. No obstante, de forma general se pueden definir como plataformas con dos o más grupos de consumidores o clientes cuyo valor reside en la interacción mutua de dichos grupos.
Los nuevos modelos de plataformas colaborativas son, así, un tipo de plataformas de múltiples lados, dado que presentan características inherentes a éstas, tales como los efectos de red indirectos, la no neutralidad de la estructura de precios y la existencia de economías de escala derivadas de los costes del desarrollo de las plataformas. Al mismo tiempo tienen características diferenciales propias, como que los distintos lados de la plataforma lo constituyan iguales (o peers).
Estos iguales o peers no pueden crear valor de forma individual, sino que necesitan un catalizador (“la plataforma”, el mercado o marketplace) para facilitar la generación de valor a través de sus interacciones.
Las plataformas permiten así resolver un problema de coordinación existente en aquellos intercambios donde, o bien el coste de coordinación por parte de los consumidores era muy elevado, o bien la información asimétrica hacía que la transacción no se llegase a concretar.

Debido al funcionamiento de los mercados de varios lados, las plataformas necesitan un número suficiente de usuarios de cada lado para crear valor y funcionar correctamente. Es por esto que la CNMC recomienda, tal y como hemos visto en la lista de recomendaciones, trabajar para conseguir que la entrada de nuevos operadores no se vea impedida por la falta de usuarios ya registrados en otras plataformas. Por suerte, el coste cero o prácticamente inexistente de cambiar de plataforma, junto con el “multi-homing” (posibilidad de registrarse en varias plataformas a la vez), disminuye considerablemente las barreras de salida y entrada.

Además de las recomendaciones vistas la CNMC también propone que se cree una mesa de seguimiento de la economía colaborativa. Los objetivos de esta mesa serían: i) fomentar la regulación económica eficiente en las actividades donde actúan las plataformas y ii) detecte, proponga y elimine posibles barreras a la innovación y al desarrollo económico.

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