Conclusiones preliminares de la CNMC sobre los nuevos modelos de prestación de servicios y la economía colaborativa
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Die kleine Stadt II - Egon Schiele |
La CNMC este marzo ha publicado sus conclusiones preliminares sobre economía colaborativa,
previa publicación de las definitivas una vez termine el período de consulta
pública. En estas conclusiones se tratan temas de gran relevancia para el
futuro sistema económico, ya que incluye propuestas legislativas sobre temas
como los apartamentos turísticos o la regulación de los taxis y transporte privado.
Estas conclusiones pueden ser el primer paso para cambios estructurales de gran
trascendencia en varios sectores y, desde mi punto de vista, constituyen un
documento muy valioso para el impulso económico, por lo que deberían seguirse
sus recomendaciones en la medida de lo posible.
En el
siguiente enlace se pueden consultar las conclusiones preliminares: “https://docs.google.com/document/d/1n65MjUaTmRLuZCqTIlqyWvobVqreR-iAzsz1mhxy2y0/edit”.
El eje
principal de las conclusiones es la economía colaborativa, sobre la cual se
dice lo siguiente en el resumen ejecutivo: “el
carácter global de la economía colaborativa se debe, en gran medida, a las
propias causas que lo han impulsado. El desarrollo de las telecomunicaciones y
la expansión de la tecnología móvil han generado una reducción significativa de
los costes de transacción y la aparición de sistemas de reputación que ofrecen
información relevante a los usuarios y reducen sustancialmente los problemas de
información asimétrica del Mercado.”
Valga decir,
que la CNMC también explica el auge de la economía colaborativa por la crisis
económica, aunque entiendo que se trata de un elemento más bien acelerador,
puesto que los cambios vistos habrían surgido igualmente sin la crisis.
Las
recomendaciones de la CNMC sobre los nuevos modelos de prestación de servicios
y la economía colaborativa se resumen del siguiente modo:
1) Aplicar
principios de regulación económica eficiente en la regulación sectorial y
horizontal, no siendo necesaria regulación si no existen fallos de mercado.
2) Se recuerda
la disponibilidad de la CNMC para realizar estudios e informes y se dice que “en mercados dinámicos donde la incertidumbre
es habitual la jurisprudencia ha resulto a favor del principio in dubio pro
liberate.”
3) Incorporar
a las estadísticas oficiales propias de los diversos sectores, de datos
necesarios para reflejar con rigor el impacto que las nuevas prestaciones de
servicios y economía colaborativa tiene en el mercado.
4) Para evitar
que las plataformas puedan generar posibles barreras a la salida derivadas de
la imposibilidad de emigrar los datos de sus sistemas de reputación, se
recomienda la implantación de mecanismos adecuados para la portabilidad
voluntaria de la reputación de un usuario a través de múltiples plataformas
(con ello se quiere garantizar que los nuevos modelos resulten en mercados con
la mayor competencia posible).
5) En materia
de alojamiento, se recomienda eliminar restricciones innecesarias de acceso al
mercado de viviendas de uso turístico (como moratorias, requisitos de estancia
mínima y máxima, etc.).
6) En materia
de transporte urbano, se recomienda eliminar las restricciones innecesarias de
acceso al mercado de taxi y VTC (transporte con servicio de conductor). Entre
las restricciones innecesarias destacan: limitación en el número de
autorizaciones, cuantías desproporcionadas en las coberturas de seguros
obligatorios, obligación de disponer de un número mínimo de vehículos para
obtener el permiso VTC, etc.
7) En materia
de taxis, se recomienda eliminar las tarifas reguladas, para que el precio se
fije según oferta y demanda.
8) A modo
general, respecto al transporte interurbano, se recomienda un cambio de modelo
que resulte en mayor competencia. Para ello se propone eliminar el sistema de
concesión, eliminar derechos de preferencia a favor de operadores ya existentes,
etc.
Para llegar a
estas conclusiones, la CNMC ha realizado varios estudios de mercado que explica
detalladamente en las mismas conclusiones. Estos estudios se refieren a varios
países de Europa y la conclusión es que España se sitúa entre los países que
cuentan con mayores barreras regulatorias para prestar tanto servicios de
alojamiento como de transporte. De mi práctica personal como abogado, puedo dar
fe de ello, habiendo desistido varios clientes de operar en España tras
explicarles los requisitos legales y costes de entrada.
Entre
múltiples datos que usa la CNMC destaca el siguiente gráfico (elaborado por la CNMC a partir de datos de www.web-strategist.com) sobre la evolución
de la inversión mundial anual en plataformas de economía colaborativa:
Al respecto,
la CNMC remarca: “La evolución ha sido especialmente rápida en
los dos últimos años en los que se ha pasado de los 1.820 millones de dólares
de 2013 a 8.489 millones en 2014 y 12.890 millones solamente en los nueve
primeros meses de 2015.”
El peso de
estas inversiones se distribuye en un 62% en el sector del transporte, un 18%
en el sector de los alojamientos y un 6% en el sector de la financiación, el
resto de sectores queda ya muy atomizado.
Un concepto
clave que utiliza la CNMC es el de “mercados de varios lados”, cuyos inicios se
hallan fundamentalmente a partir del s. XXI. La CNMC describe estos mercados
del siguiente modo que vale la pena remarcar leer detenidamente por su gran
impacto económico:
“Se trata de mercados que operan sobre
segmentos interdependientes de prosumidores,
que se benefician mutuamente de un efecto de red. Es decir, para que uno de los
lados del mercado reciba valor, debe existir el otro.
No existe un consenso sobre la definición precisa de
estos mercados o plataformas. No obstante, de forma general se pueden definir
como plataformas con dos o más grupos de consumidores o clientes cuyo valor
reside en la interacción mutua de dichos grupos.
Los nuevos modelos de plataformas colaborativas son,
así, un tipo de plataformas de múltiples lados, dado que presentan
características inherentes a éstas, tales como los efectos de red indirectos,
la no neutralidad de la estructura de precios y la existencia de economías de
escala derivadas de los costes del desarrollo de las plataformas. Al mismo
tiempo tienen características diferenciales propias, como que los distintos
lados de la plataforma lo constituyan iguales (o peers).
Estos iguales o peers no pueden crear valor de forma individual, sino que
necesitan un catalizador (“la plataforma”, el mercado o marketplace) para facilitar la generación de valor a través de
sus interacciones.
Las plataformas permiten así resolver un problema de
coordinación existente en aquellos intercambios donde, o bien el coste de
coordinación por parte de los consumidores era muy elevado, o bien la
información asimétrica hacía que la transacción no se llegase a concretar.”
Debido al funcionamiento
de los mercados de varios lados, las plataformas necesitan un número suficiente
de usuarios de cada lado para crear valor y funcionar correctamente. Es por
esto que la CNMC recomienda, tal y como hemos visto en la lista de
recomendaciones, trabajar para conseguir que la entrada de nuevos operadores no
se vea impedida por la falta de usuarios ya registrados en otras plataformas.
Por suerte, el coste cero o prácticamente inexistente de cambiar de plataforma,
junto con el “multi-homing” (posibilidad de registrarse en varias plataformas a
la vez), disminuye considerablemente las barreras de salida y entrada.
Además de las
recomendaciones vistas la CNMC también propone que se cree una mesa de
seguimiento de la economía colaborativa. Los objetivos de esta mesa serían: i)
fomentar la regulación económica eficiente en las actividades donde actúan las
plataformas y ii) detecte, proponga y elimine posibles barreras a la innovación
y al desarrollo económico.
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