Tipologías de crowdfunding o financiación participativa

Fire - Giuseppe Arcimboldo
En relación con el crowdfunding ya se han publicado otras entradas en este blog (como esta primera o esta segunda), algunas de ellas previas a la promulgación de la actual Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial (como ésta), que incluye en su título V la regulación de esta figura (más bien de una clase de ellas). Sin embargo, ahora pasamos a ver, con algo más de precisión, las distintas clases de crowdfunding.

El crowdfunding se puede dividir en dos clases básicas, según sea lucrativo o no lucrativo, y cinco subclases. Por ahora, la mayoría de legisladores ha optado por regular sólo el crowdfunding lucrativo, pero también hay normas para regular algunos tipos de crowdfunding no lucrativo, en especial, para incentivar las donaciones en proyectos culturales (leyes de mecenazgo).

En la clase de crowdfunding lucrativo hallamos, por un lado, el equity crowdfunding y, por otro lado, el crowdlending.

El equity crowdfunding se refiere a los casos en que el proveedor de los fondos (inversor), facilita éstos para obtener una participación en el capital social de una sociedad, que será la ejecutante del proyecto financiado a través de la plataforma de colaboración (la plataforma de crowdfunding). Por lo tanto, espera un retorno con beneficio variable, según el éxito empresarial del proyecto. En estos casos, jurídicamente nos hallamos ante una asunción de participaciones o una suscripción de acciones.

Por su parte, el crowdlending se refiere a los casos en que el inversor facilita los fondos en forma de préstamo, para obtener un derecho de crédito consistente en la devolución del principal más el interés fijo o variable acordado. A pesar de identificar estas dos subclases, caben otras variantes, a partir de instrumentos híbridos como préstamos participativos u obligaciones convertibles, por ejemplo, pero siempre serán clasificables como aportación a capital social (con o sin prima) o a préstamo (pudiendo éste pasar a ser luego capital social o no).

En la clase de crowdfunding no lucrativo, hallamos tres subclases básicas: i) crowdlending sin intereses, ii) crowdfunding a cambio de recompensas (reward crowdfunding) y iii) crowdfunding de donaciones (donations-based crowdfunding).

El crowdlending sin intereses se califica como un préstamo, de igual modo que la subclase ya comentada bajo el mismo nombre, pero sin intereses. Al no pactarse intereses no hay ánimo de lucro. De hecho, esta subclase suele no incluirse en las regulaciones que se están aprobando en materia de crowdfunding. Ello se debe a que los legisladores optan por regular sólo el equity crowdfunding y el crowdlending con intereses. Este hecho responde, probablemente, a que el ánimo de lucro es el factor que puede viciar el consentimiento de los proveedores de fondos (inversores). En cambio, cuando el proveedor de fondos no espera un retorno, es más complicado que su voluntad quede viciada por la expectativa de una ventaja. Es decir, si eliminas el interés económico, la necesidad de protección del inversor/proveedor decae.

El reward crowdfundig es, sin duda, la modalidad más compleja a nivel de calificación jurídica. En primer lugar podemos diferenciar otras tres clases dentro de esta modalidad, según la recompensa sea: un producto, un servicio o un descuento.

Para calificar jurídicamente el reward crowdfunding primero debemos tener claro que la primera aportación de fondos por el proveedor es una donación modal, por cuanto dicha donación lleva sujeta la condición de destinar los fondos al proyecto del promotor/beneficiario.

En cambio, cuando el promotor compensa al proveedor por los fondos donados, dicha compensación, según cómo se hubiese celebrado la primera donación, puede dar lugar a una compraventa o permuta, o a una donación modal remuneratoria. La diferencia entre una donación modal y una donación modal remuneratoria es que, la segunda, además de existir una condición respecto al destino de la donación, sirve para remunerar/compensar un servicio previo. Además, para que se trate de una donación, es necesario que dicha donación (remuneratoria) no fuese una obligación exigible por la parte que la recibe.

A la vista del concepto de donación modal y donación remuneratoria, estaremos ante una compraventa o permuta cuando: i) la recompensa del promotor al donante/proveedor tenga un valor igual o muy parecido a la donación de este segundo y ii) dicha recompensa fuera, además, obligatoria como resultado de la donación del proveedor. En realidad, la aportación del proveedor no sería, pues, una donación sino una contraprestación dineraria y la del beneficiario/promotor una contraprestación en especie.

Por el contrario, estaremos ante una donación remuneratoria cuando la recompensa: i) tiene un valor sustancialmente inferior al de la aportación del proveedor o ii) el beneficiario/promotor no tuviese la obligación de conceder dicha recompensa, aunque el valor de ésta fuera igual al de la aportación. 

La tercera subclase referida al crowdfunding de donaciones, consiste en una donación modal. En este caso, el proveedor no espera nada a cambio, condicionando únicamente la donación a que sea destinada al uso anunciado por el promotor, que es el proyecto publicado en la correspondiente plataforma de colaboración.

Finalmente y para quienes tengan dudas respecto a los distintos tipos de donación, recordar que la donación que no se otorga con finalidad de que ésta sea destinada a un uso concreto no es una donación modal, es la donación pura y simple. En crowdfuning nunca hay donaciones puras y simples, pues financiar un proyecto del promotor es una condición básica de la propia figura.

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