Integración de las inversiones socialmente responsables en las entidades de capital riesgo
Invierno - Ivan Shishkin |
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En multitud de entradas anteriores ya hemos comentado qué son las inversiones socialmente responsables (ISR), que incluyen los denominados criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo (criterios ASG), en sus procedimientos de inversión para fomentar la sostenibilidad. Entre otras, se pueden ver las entradas “El plan de la UE para una economía limpia y sostenible, ASG e ISR” y “Estrategias de implementación en inversiones socialmente responsables”.
El objeto de esta entrada es comentar cómo las entidades de capital riesgo pueden o deben adoptar criterios de inversión socialmente responsable.
El instrumento principal para adoptar las ISR en una entidad de capital riesgo es incluir los criterios ASG como parte de la política de inversión de la entidad. De este modo, se consigue que estos criterios sean de obligado cumplimiento para la entidad. En la práctica actual, ya es habitual que estos criterios se incluyan en la política de inversión, pero con un alcance muy genérico y no vinculante. Sin embargo, ello no debe servir para concluir que la inclusión de los criterios ASG en la política de inversión es inadecuada o insuficiente, sino para comprender que su inclusión debe ser más completa, detallada y vinculante.
En tanto el alcance del contenido en la política de inversiones es limitado, esta política debe incluir obligaciones específicas que conlleven el efectivo condicionamiento de los procedimientos de inversión e, incluso, de desinversión. Todo ello, sin olvidar el resto de aspectos tradicionales que se incluyen en la política de inversiones. Además, la política de inversiones debe incluir un mandato ASG, con el desarrollo de los criterios ASG.
Otro instrumento clave en materia de sostenibilidad para las entidades de capital riesgo es la adhesión a principios, guías y códigos de conducta. Si bien, inicialmente estos principios eran de contenido más genérico, como los “Principios para la inversión responsable de la ONU-UNPRI”, con el paso del tiempo han ido surgiendo guías y códigos cada vez más concretos, como la “Guía técnica de la ONU de 2020 para la inversión responsable en private equity”.
Para que una entidad de capital riesgo integre las ISR de forma completa, es muy recomendable que adopte tanto la inclusión de criterios ASG como se adhiera a principios y códigos de conducta en materia de sostenibilidad.
El uso de códigos de conducta y reglamentos internos de funcionamiento de las entidades de capital riesgo también es un instrumento clave para las ISR. En estos documentos se deben contemplar prácticas a seguir por los empleados y formación a estos, para que la operativa de la entidad esté alineada con las ISR en todo momento. Entre dichas prácticas está el uso de check lists con cuestiones ASG en las due diligence, el uso de formas de valoración de empresas con variables ligadas a criterios ASG, la formación de los empelados en novedades sobre sostenibilidad, etc.
Existen otros instrumentos para reforzar y garantizar el funcionamiento de las entidades conforme a las ISR, como podría ser la inclusión de ciertas previsiones en los Estatutos sociales. En este sentido, podrían incluirse menciones en el artículo referido al objeto social, en la creación de un comité sobre sostenibilidad o un derecho de los socios de recibir información sobre esta materia.
Finalmente, hay que tener en cuenta que existen obligaciones legales y reglamentarias que también van acorde con los objetivos de las inversiones socialmente responsables. Sin embargo, a los efectos que nos interesan en este caso, dirigidos a remarcar las particularidades de las entidades que siguen las ISR, estas obligaciones no se destacan en esta entrada (especialmente en materia de transparencia).
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