Mercado Alternativo Bursátil (MAB) para empresas en expansión


El Mercado Alternativo Búrsatil (MAB), es un sistema multilateral organizado de negociación para la contratación de valores negociables dirigido, básicamente, a compañías de tamaño medio y pequeñas start-up que empiezan a notar incrementos importantes en su facturación o potencial.

Las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) y las Entidades de Capital Riesgo (ECR) tienen normas específicas que no son objeto de esta entrada, que está dirigida a empresas en expansión.

Este tipo de mercados organizados son de libre creación, siempre que sea conforme a la normativa de la LMV y bajo la supervisión de la CNMV.

Los requisitos para poder entrar en el MAB se regulan en el Reglamento General del Mercado Alternativo Búrsatil y en la Circular 5/2010 sobre requisitos y procedimientos aplicables a la incorporación y exclusión en el MAB de acciones emitidas por empresas en expansión.

Para que una empresa pueda negociar sus valores en el MAB deberá tratarse de una SA, cuyo capital social esté íntegramente desembolsado y sus acciones sean libremente transmisibles. Por lo tanto, si hay limitaciones estatutarias a la transmisibilidad de éstas deben eliminarse. Además, la negociación de las acciones requiere que estén representadas por anotaciones en cuenta, no por títulos.

También es importante tener en cuenta que la negociación en este mercado supone el deber de cumplir con ciertas normas de contabilidad y finanzas. Para ello se permite a las empresas escoger entre varios estándares:

i) Si es una sociedad constituida en el Espacio Económico Europeo (EEE), podrá optar entre las NIIF o la normativa contable de su Estado.
ii) Si la sociedad no es de un país del EEE podrá optar por las NIIF o las US GAAP.

Apuntar que las NIIF son las normas contables adoptadas por la UE, de origen inglés y también utilizadas en muchos otros países, mientras que las US GAAP son las normas contables de origen estadounidense.

En cuanto a facturación no se establece un mínimo concreto, pero las empresas que quieran entrar en el MAB deben estar desarrollando operaciones relevantes, ya sea de venta de productos o servicios o de financiación para vender. Si la compañía no ha alcanzado los tres ejercicios debe remitir sus previsiones del ejercicio en curso y el siguiente.

De igual modo que en la regulación de las sociedades, el MAB requiere a sus miembros que hagan publicos los pactos parasociales.